Preguntas frecuentes

Aquí puede consultar las preguntas frecuentes del Canal confidencial de denuncias de Consorci de Salut i Social de Catalunya

¿Dónde puedo encontrar información adicional sobre cómo funciona el canal de denuncias?

Puedes consultar el Protocolo de Gestión de Denuncias clicando aquí.

¿Por qué tengo que denunciar?

La integridad, la responsabilidad, transparencia y buen gobierno, son valores fundamentales para el CSC. La colaboración de todas las personas es imprescindible para cumplir la obligación de respetar la legislación vigente y la normativa interna.

¿Puedo denunciar los hechos de manera anónima?

El canal confidencial habilitado permite la presentación de denuncias de forma anónima. En tal caso se le facilitará un código de acceso generado de manera aleatoria que le permitirá realizar el seguimiento de su denuncia, así como aportar la información adicional que se le pueda solicitar. Es importante que no olvide este código, pues el hecho de que la denuncia sea anónima implica que no existe forma de recuperarlo. Para asegurar aún más su anonimato, le recomendamos seguir los siguientes consejos:

• Asegúrese de que en la descripción de la comunicación no incluye información con la que sea fácil identificarle. Lo mismo aplica a los documentos que anexe como posibles pruebas.

• No denuncie desde un ordenador conectado a la red que no controle o sea de su confianza, incluido un móvil conectado a través de wifi. El sistema de gestión del canal de denuncias no registra información, pero antes de llegar al sistema, la información debe pasar por los propios sistemas de control como proxys o firewalls y puede haber configuraciones que permitan saber a qué servicios se conectan los usuarios.

• Puede utilizar el navegador de código abierto TOR, que anonimiza la dirección IP.

¿Quién gestiona las denuncias?

Las denuncias son gestionadas por el Comité de Cumplimiento Normativo (CCN) del Consorcio de Salud y de Atención Social de Cataluña. El CCN puede desestimar las denuncias que hagan referencia a situaciones de conflicto entre profesionales, situaciones de conflicto laboral, violencia laboral y de acoso laboral, psicológico o sexual o por razón de diversidad sexual cuando, a criterio del órgano de gestión de las denuncias, sea más efectivo para la protección de la víctima dirigir estas denuncias según el establecido al Protocolo de prevención y de actuación en situaciones de conflicto, de mobbing, o de violencia en el trabajo y al Protocolo para la prevención y el abordaje del acoso sexual, por razón de sexo o diversidad sexual, aprobados por el CSC.


¿Qué puedo denunciar mediante este canal?

Es objeto de denuncia todo incumplimiento de la legalidad vigente o de las normas internas aprobadas por el CSC cometido por parte de sus miembros en el ejercicio de sus funciones laborales, profesionales o de representación del CSC, así como la facilitación, directa o indirecta, de conductas contrarias a la normativa.

Así mismo, serán objeto de denuncia aquellas conductas contrarias a la legalidad vigente en cada momento que se realicen por parte de personas en aprovechamiento de su vinculación, pertenencia o relación con el CSC.

Serán objeto de denuncia aquellas actitudes o acciones que resulten ilegales, contrarias a las normas del CSC o contrarias a la moral y a los valores éticos del CSC.

¿Qué sucede si, posteriormente, se comprueba que el contenido de una denuncia es falso?

Toda denuncia o comunicación que se manifieste de buena fe y en base a una sospecha o preocupación legítima del denunciante, aún cuando no puedan acreditarse los hechos denunciados o los mismos no sean susceptibles de ser considerados como infracción, no sólo no implicarán ninguna sanción para la persona denunciante, sino que la persona denunciante gozará de las medidas de protección que le reconoce la normativa vigente.

En caso de que se presente una denuncia de forma temeraria y de mala fe o en base a opiniones, rumores o juicios sobre las motivaciones personales de las personas denunciadas que no tengan relevancia en relación con los hechos denunciados, no se aplicarán tales garantías. Asimismo, la presentación de denuncias falsas o de mala fe podrá comportar la aplicación de las sanciones adecuadas a la persona denunciante según lo que prevea el convenio colectivo o la normativa vigente.

En el caso de las personas que no se encuentren sujetas en las disposiciones del convenio colectivo, el CSC adoptará las medidas disciplinarias adecuadas según sus competencias y a las garantías legales y contractuales vigentes en cada momento.